top of page

CONTENEDORES DE ESCOMBROS: ESTRATEGIAS DE GESTIÓN DE RESIDUOS EN MADRID

La nueva legislación refuerza la jerarquía de residuos, exigiendo a los Estados miembros que adopten medidas específicas, como el uso de contenedores de escombros, para dar prioridad a la prevención, la preparación para la reutilización y el reciclado, con el fin de hacer que la economía circular se convierta en una realidad. En este sentido, se prevé un mayor uso de instrumentos económicos eficaces y otras medidas con el fin de proporcionar incentivos para la aplicación de la jerarquía de residuos.

Un buen número de estas medidas ya se encontraban contempladas en la versión inicial del presente Plan. También se recogen, entre otros, nuevos aspectos de desarrollo y criterios relativos al fin de la condición de residuo con el objetivo de garantizar la protección de la salud humana y del medio ambiente y facilitar la utilización prudente y racional de los recursos naturales. Es decir, que el material obtenido sea adecuadamente almacenado por el uso o alquiler de contenedores de escombros, que cumpla los criterios de calidad de las normas aplicables sobre productos y sustancias químicas, incluyendo los valores límite para sustancias contaminantes cuando sea preciso. Estos aspectos de la Directiva 2018/851 deberán desarrollarse a la vista de cómo queden recogidos en su transposición en la normativa básica estatal.


contenedores de escombros

RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN


Los residuos de construcción y demolición (RCD) son cualquier sustancia u objeto que, cumpliendo la definición de “residuos”, se genere en una obra de construcción o demolición, conforme a la definición dada por el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de estos residuos.

El sector de la construcción y de la demolición es uno de los cinco sectores identificados como prioritarios en el Plan de Acción de la Unión Europea para la economía circular, en el que se destaca que constituye una de las mayores fuentes de residuos en Europa, muchos de los cuales son reciclables o pueden volver a utilizarse siempre y cuando sean tratados desde el inicio de modo correcto, acopiándolos y separándolos en contenedores de escombros. Por ello, el reciclado de residuos procedentes de la construcción y la demolición se promueve mediante un objetivo obligatorio en toda la Unión Europea.

Desde la aprobación de la Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid 2006-2016 el marco regulador de los RCD ha variado significativamente, al haberse promulgado nuevas normas e instrumentos de planificación, entre las que cabe destacar:

- El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

- La Directiva Marco de Residuos (Directiva 2008/98/CE, de 19 de noviembre de 2008), que, entre otros aspectos, introduce objetivos específicos de preparación para la reutilización, reciclado y otra forma de valorización de los residuos no peligrosos procedentes de la construcción y de las demoliciones.

- La Orden 2726/2009, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid, promoviendo el uso de contenedores de escombros.

- La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que introduce importantes novedades en el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos. Dichas novedades y su desarrollo reglamentario, todavía pendiente, pueden dar lugar a la revisión parcial de la normativa existente en materia de RCD.


LEGISLACIÓN VIGENTE: TIPOS DE RCD, RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES


Conforme a esta legislación vigente se definen dos tipos de RCD:

  • RCD de nivel I: excedentes de excavación y los movimientos de tierras de las obras cuando están constituidos por tierras y materiales pétreos no contaminados.

Cabe destacar que dentro de los RCD de nivel I sólo se incluyen los suelos y otros materiales naturales excavados, no contaminados, generados durante las actividades de construcción.

  • RCD de nivel II: RCD no incluidos en los de nivel I, generados principalmente en las actividades propias del sector de la construcción, de la demolición, de la reparación domiciliaria y de la implantación de los servicios. Entre la regulación específica de aplicación para la producción y gestión de RCD incluida en las normas e instrumentos de planificación vigentes.

Esta normativa, define también los conceptos de productor de RCD y poseedor de RCD y el régimen de control y las obligaciones de los productores, poseedores y gestores. Destaca, como novedad, la obligación de que el productor incluya en el proyecto de obra un estudio de gestión de RCD y el uso o alquiler de contenedores de escombros para su apropiado acopio, separación y posterior reutilización o reciclaje.

bottom of page