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CONTENEDORES DE ESCOMBROS: QUÉ PUEDES TIRAR ALLÍ

Guía práctica para el llenado de contenedores de escombros.

Cada contenedor tiene una función y características específicas que hacen en gran parte, a la eficiente gestión de residuos.

Las campañas publicitarias y de concientización social en base a la responsabilidad y cuidado del medioambiente han hecho hincapié en 4 tipos de contenedores:

  • Contenedor gris. Es el que sirve para depositar los residuos orgánicos, como restos de comida, así como otro tipo de residuos como pañales, papel sucio, bastoncillos…

  • Contenedor amarillo. Es el encargado del reciclaje de los plásticos, tetra brik y el metal. Recuerde que los tetra brik se fabrican a partir de finas capas de celulosa, aluminio y plásticos, que son muy difíciles de reciclar.

  • Contenedor azul. Es el que recoge el papel y el cartón que no estén sucios. A los sobres, hay que quitarle las ventanillas de plástico y a los cuadernos las espirales.

  • Contenedor verde. Es el encargado del vidrio, siempre sin tapas de metal o de corcho y siempre que el vidrio sea utilizado para envasar alimentos, no así cristales de ventanas, vidrios planos o vasos rotos, que por su alto contenido en plomo deben ir al punto limpio para ser tratados en otra cadena de reciclaje.

Ahora bien, ¿Qué pasa con los restos de obra, escombros, poda, muebles y enseres viejos?

La respuesta para esto es muy sencilla. Contenedores específicos con dimensiones y características singulares.

Como llenar los contenedores

A la hora de utilizar el alquiler de un contenedor de obra o contenedor de poda, debes tener en cuenta dos factores. El primero es el tipo de material que se puede depositar en el contenedor. El segundo es la cantidad de material que se puede depositar en el contenedor y la forma de hacerlo.

Los restos de poda se podrán depositar en contenedores de poda propiamente dichos, que están fabricados con materiales no permeables a la degradación normal de la materia orgánica.

Los restos de obra se pueden depositar en los contenedores es el proveniente de construcción y demolición (RCD). Por lo tanto queda totalmente excluido cualquier tipo de material peligroso. Así mismo no se pueden depositar en los mismos materiales como colchones, sofás, sillones y demás materiales textiles.

En cuanto a los residuos orgánicos, también están prohibidos. Habiendo una excepción con los restos vegetales como las podas. En estos casos habrá que informar previamente del tipo de residuo que se va a depositar, ya que precisa de un tratamiento especial.

En cuanto a la forma de llenar un contenedor, hay que tener en cuenta que la responsabilidad del llenado recae siempre sobre el cargador. Los contenedores deben ir cargados el ras de los mismos y de forma que el material no se mueva durante su traslado al vertedero.

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Contenedores de residuos de construcción y demolición (R.C.D). Normas y horario de instalación en la vía pública

El personal instalador del contenedor y/o saco deberá abstenerse de su colocación sin haber comprobado que el productor/a o poseedor/a de los residuos está en posesión de la copia de la notificación de resolución autorizando dicha instalación. Instalándose el recipiente sin sobresalir de la línea exterior formada por los vehículos correctamente estacionados.

Los contenedores y/o sacos de R.C.D. deberán llevar en sus ángulos más cercanos al tráfico elementos reflectantes con una longitud mínima de 50 cm. y una anchura de 10 cm.

Los R.C.D. o materiales de construcción que allí se viertan o acopien no podrán sobrepasar el plano definido por las aristas superiores del mismo y, una vez alcanzado el volumen máximo admisible, el productor/a o poseedor/a del residuo tapará el mismo y solicitará de forma inmediata a la persona autorizada para realizar el transporte para que, en un plazo inferior a las 24 horas, sea sustituido o retirado de la vía pública.

De la obligación de sustitución o retirada será responsable el productor/a o poseedor/a; en caso de materiales de construcción la persona física o jurídica beneficiaria de la obra y, solidariamente, el transportista autorizado de R.C.D..

Durante el período comprendido entre las 20:00 horas del día y las 08:00 horas del día siguiente el contenedor/saco deberá estar tapado.

El Ayuntamiento podrá ordenar la retirada de los contenedores y/o sacos industriales, aún cuando cuenten con autorización, si las circunstancias medioambientales, de circulación o celebración de eventos autorizados lo aconsejen.

El Ayuntamiento publicará en la página web los eventos programados que se celebren en la ciudad, salvo en aquellos supuestos que por urgencia, razones de seguridad o circunstancias similares no fuera posible.

Los contenedores y sacos industriales deberán presentar en su exterior de manera perfectamente visible los siguientes datos: nombre o razón social, número de inscripción en el Registro de Transportistas de la Comunidad de Madrid, teléfono de contacto con la empresa responsable y el número de identificación de los mismos.

El productor/a o, en caso de acopio de materiales de construcción, la persona física o jurídica beneficiaria de la obra, deberá proceder a la limpieza del espacio ocupado por el contenedor o saco al efectuar las sustituciones o retirada de los mismos.

Los contenedores y sacos que se instalen deberán cumplir lo preceptuado en la Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos y de Gestión de Residuos.


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