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Devolución del Aval de Residuos de la Construcción

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   Trataremos el tema de la solicitud de la devolución del Aval de Residuos de la Construcción. Recordemos que en caso de realizar obras el Ayuntamiento de Madrid (y en general ocurre lo mismo en cualquier Ayuntamiento) nos va a solicitar establecer previamente una aval para la garantía de la correcta gestión de los residuos generados durante la obra. El importe de dicho aval se establece en función de la superficie y volumen de las obras afectadas y con un mínimo de 150 €, por lo que no es una cantidad despreciable.

   Para solicitar la devolución del aval, y según se establece en la ordenanza (Orden 2726/2009, de 16 de julio de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, BOCM núm. 186 de 7 de agosto de 2009), deberemos presentar en cualquier ventanilla de registro del Ayuntamiento la siguiente documentación:

• Instancia General solicitando devolución de importe del aval de gestión de residuos; luego el certificado de entrega de residuos a gestor de almacenamiento y clasificación, sellado y expedido por empresa debidamente autorizado por la Comunidad Autónoma de Madrid; seguimos con el mandamiento de ingreso no presupuestario – carta de pago (facilitada al interesado cuando deposita el aval); finalmente el original del Documento “T” de alta de pago por transferencia sellado por el banco.

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